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RESUMEN
La investigación cientíca y la ética de la
investigación en Honduras han atravesado una
constante transformación y restructuración a través de
los años. En la actualidad, la legislación al respecto
en el país es escasa, aún no se ha creado una entidad
reconocida a nivel nacional que vele por la protección
de la autonomía y los derechos de los participantes
de estudios de investigación en seres humanos, o que
regule el funcionamiento y la organización de todos
los procesos que llevan a cabo los comités de ética de
investigación institucionales ya conformados. Este
trabajo tiene como objetivo hacer una reexión crítica
sobre la creación de un Comité Nacional de Ética de
Investigación en Honduras, para esto, se enfatizó en la
Red de Comités de Ética de Investigación, los conictos
de interés en la conformación de los comités de ética
de investigación, la capacitación de sus miembros y la
legislación nacional sobre ética de investigación en el
país. Es una necesidad elemental conformar un ente
regulador de los aspectos éticos en la investigación
cientíca que se realiza en Honduras, que se encargue
de velar por la protección de nuestra población,
El Comité Nacional de Ética de
Investigación: una necesidad elemental en
Honduras.
The National Research Ethics Committee:
An elementary need in Honduras.
Geovanna Michele Moya Díaz¹
https://orcid.org/0000-0003-1555-7904
¹Facultad de Ciencias Médicas, Universidad Nacional Autónoma de Honduras.
OPINIÓN
PALABRAS CLAVE
Bioética, Comités de ética en investigación, Comités
de ética institucionales, Ética de investigación,
Conicto de interes, Honduras.
KEYWORDS
Bioethics, Research ethics committees,
Institutional ethics committees, Research ethics,
Conict of interest, Honduras.
CITAR COMO
Moya Díaz GM. El Comité nacional de ética
de investigación: una necesidad elemental en
Honduras. Rev. cienc. forenses Honduras. 2021;
7(2): 64-74.
doi:10.5377/rcfh.v7i2.13196
AUTOR PARA CORRESPONDENCIA
Geovanna Michele Moya Díaz:
geovannammd21@gmail.com
HISTORIA DEL ARTÍCULO
Recepción: 23 -3- 2021
Aprobación: 18 -11- 2021
DOI
https://doi.org/10.5377/rcfh.v7i2.13196
DECLARACIÓN DE RELACIONES
Y ACTIVIDADES FINANCIERAS Y
CONFLICTOS DE INTERÉS
Ninguna
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principalmente la que se encuentra en vulnerabilidad
y que es sometida a estudios multicéntricos, ensayos
clínicos de medicamentos y vacunas, entre otros
estudios que involucran la participación directa de
seres humanos y otras especies vivas.
ABSTRACT
Scientic research and research ethics in Honduras have
undergone constant transformation and restructuring
over the years. At present, there is little legislation in
this area in the country. A nationally recognized entity
has not yet been created to ensure the protection of the
autonomy and rights of participants in human research
studies at the national level, or to regulate the operation
and organization of all the processes carried out by
the institutional research ethics committees already
formed. The objective of this work is to make a critical
reection on the creation of a national research ethics
committee in Honduras, emphasizing the Network of
Research Ethics Committees, the conicts of interest
in the conformation of research ethics committees, the
training of their members and the national legislation
on research ethics in the country. It is a basic need
to form a regulatory body for the ethical aspects of
scientic research in Honduras, which is responsible
for ensuring the protection of our population, mainly
those who are vulnerable and who are subjected
to multicenter studies, clinical trials of drugs and
vaccines, among other studies that involve the direct
participation of human beings and other living species.
INTRODUCCIÓN
Los comités de ética de la investigación (CEI)
constituyen la base fundamental de los sistemas de
evaluación ética de la investigación biomédica y tienen
como principal objetivo contribuir a salvaguardar la
dignidad, derechos, seguridad y bienestar de los/as
participantes actuales y potenciales durante todos los
procesos que involucra la investigación cientíca1.
Por lo tanto, se ha vuelto indispensable regular la
conformación y el funcionamiento de estos, los cuales
generalmente son supervisados e inscritos por un comité
nacional de ética de investigación2. La Organización
Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de
la Salud OPS/OMS se han encargado de fortalecer los
aspectos de ética en la investigación en salud humana
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a nivel internacional3. Asimismo, brindan las pautas
no solo para los investigadores, sino también para los
Comités de Ética de la Investigación (CEIs) que deben
considerar para sus procesos de revisión ética3. Esto
favorece la reexión sobre la responsabilidad de las
decisiones bioéticas que asumen los CEIs, como por
ejemplo claricar los conictos de interés, ya sean
estos nancieros o personales, entre los investigadores,
los participantes, los patrocinadores o incluso de los
miembros del CEI.
En algunos países de América Latina el proceso de
implementación de comités de ética de investigación
nacionales en salud humana ha sido lento, al igual
que la implementación de pautas éticas tanto por los
investigadores como por los propios miembros que
integran los CEIs4, como es el caso de Honduras,
donde “la integración sistemática de aspectos éticos
de la investigación para la salud en seres humanos,
ha sido lenta, fragmentada e incompleta”5. En este
momento no existe referencia de una ley nacional
aprobada que regule la ética de investigación en salud
humana y mucho menos que regule la conformación
de los CEIs y sus procesos de revisión ética. Esto
representa un sistema vulnerable de investigación
con muchas falencias, que no contribuye al desarrollo
de la investigación y de la ciencia del país. Dicho lo
anterior, es necesario hacer una reexión sobre ¿cómo
se encuentra en este momento la ética de investigación
en Honduras? ¿Cuál sería la forma más apropiada de
regular los procesos de investigación cientíca y la
1. La Red Nacional de Comités de
Ética en Investigación en Honduras
(REDCEIH).
Tal como lo mencionan Espinoza, Rodríguez y
Sánchez (2011), la ética de investigación comenzó
a ser promovida en Honduras por médicos en un
período del año 1999 al 2000, mismo período en el
cual comenzó a conformarse el primer comité de
ética de investigación6. Sin embargo, el proceso de
conformación de otros comités de ética de investigación
ha sido lento en el país. Para el año 2012 se realizó el
primero y segundo encuentro de comités de ética de
investigación cuyo objetivo fue propiciar un espacio
de reexión para el fortalecimiento de los comités de
ética de investigación existentes a nivel nacional y la
gestión de la calidad en los comités a n de lograr la
adecuada protección de los derechos y seguridad de
los participantes en investigación. En ese momento se
encontraban registrados cuatro comités en hospitales,
cuatro en universidades (3 en una universidad pública
y 1 en una privada)7. Un gran logro de los esfuerzos
aunados, en el año 2015, fue la conformación de la
Red de Comités de Ética en Investigación de Honduras
(REDCEIH), esta surgió como una iniciativa por parte
de la carrera de Microbiología de la Universidad
Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) en el 2012,
conformación de los comités de ética de investigación
en el país?. Este trabajo tiene como objetivo hacer
esa reexión crítica sobre la necesidad de creación
de un Comité Nacional de Ética de Investigación
en Honduras, para esto, se hará énfasis en la Red de
Comités de Ética de Investigación, en los conictos
de interés, en la conformación de los comités de ética
de investigación, en la capacitación de sus miembros,
nalizando con la legislación nacional de investigación
y ética de investigación existente en el país.
La integración sistemática
de aspectos éticos de la
investigación para la salud en
seres humanos, ha sido lenta,
fragmentada e incompleta
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y consolidado 3 años después a través del Comité
de ética de Investigación Biomédica de la Facultad
de Ciencias Médicas de la UNAH (CEIB- FCM-
UNAH)7. Actualmente conformado por los siguientes
CEIs institucionales entre los cuales destacan: Instituto
Hondureño de Seguridad Social (IHSS), Instituto
Hondureño Cardiopulmonar, Microbiología-UNAH,
CEIB FCM-UNAH, CEI Valle de Sula, Dirección
de Medicina Forense, con el Comité de Bioética
en Investigación en Ciencias Forenses COBICIF,
Hospital María de Especialidades Pediátricas, Hospital
de Occidente, Santa Rosa de Copán, entre otros que
recién comienzan a conformarse7.
La ética de investigación comenzó a ser
promovida en Honduras en 1999.
En el año 2015 se conformó la REDCEIH.
Por lo tanto, han sido años de esfuerzo y perseverancia
para fortalecer y recalcar la importancia que
corresponde a la bioética y todos los aspectos éticos de
la investigación cientíca, incluyendo la protección de
los derechos humanos de las personas que participan
y están expuestas a procesos de investigación en
Honduras. Las instituciones y organismos nacionales
e internacionales que han apoyado y que continúan
promoviendo el fortalecimiento de la ética de la
investigación y la conformación de CEIs institucionales
en Honduras son: el CEIB-FCM-UNAH, el CEI de la
Escuela de Microbiología de la UNAH, la Dirección
de Investigación Cientíca y Posgrado DICYP-
UNAH, el Colegio Médico de Honduras, la Secretaría
de Salud de Honduras, la OMS/OPS a través del
programa Regional de Bioética y el Programa Especial
para la Investigación y Capacitación de Enfermedades
Tropicales (TDR), el Programa para América Latina
y el Caribe de Bioética y Ética de la Ciencia de la
UNESCO, entre otras7. Alguien podría objetar que
dada la existencia de la REDCEIH, que ha tenido la
función de fortalecer la capacidad de revisión ética,
con el trabajo en red y brindando capacitación a los
comités de ética que la conforman, no es necesario
crear un comité nacional de ética de investigación,
sin embargo, a pesar que la REDCEIH brinda apoyo a
los CEI institucionales, no fue creada para sustituir un
comité nacional de ética de investigación, ya que no
tienen injerencia en la conformación o funcionamiento
de otros CEIs que no forman parte de la red y al ser
una iniciativa más bien académica y no regulatoria,
sus opiniones no son vinculantes. Por consiguiente,
a pesar de sus esfuerzos no se ha logrado establecer
un marco de referencia y lineamientos de constitución
estándares para la conformación de CEIs a nivel
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2. Los conictos de interés en
la conformación de los comités de
ética de investigación.
Una denición muy citada de conicto es de interés es la
de Dennis Thompson, que arma que, es una situación
en la que el juicio de una persona concerniente a su
interés primario (p. ej., asegurar los derechos de las
personas, la integridad de una investigación o la salud
de los enfermos, etc.) tiende a estar indebidamente
inuenciado por un interés secundario (de tipo
económico, deseo de reconocimiento profesional,
relaciones de amistad o familiares, rivalidad
académica, etc.)8-9. Esta denición no es aplicable
sólo para los investigadores, esto también incluye a
todos los involucrados en velar por la integridad y la
conducta responsable en la investigación, es decir a
los miembros que integran los propios comités de ética
de la investigación.
La mirada siempre ha estado puesta en los conictos
de interés entre los investigadores y patrocinadores,
sin embargo, los integrantes de los CEI también están
expuestos a conictos de interés que pueden inuir en
la decisión de aprobar o no un determinado proyecto9.
Tal como lo expresa Bueno (2015) “en un CEI el interés
primario es garantizar los derechos, seguridad y el
cuidado de los sujetos de investigación, cualesquiera
otros intereses son secundarios”10. Los conictos de
interés surgen cuando los miembros que conforman
los CEIs o varios de ellos, pueden ser inuenciados
en su juicio por una intención o un n diferente al rol
que les corresponde cumplir. Es decir, que pueden
estar en una situación que los lleve a optar por otras
motivaciones, obteniendo secundariamente con ello
ventajas para o sus allegados10. Para evitar los
conictos de interés entre los miembros que conforman
el CEIs, es importante contar con mecanismos para
asegurar la independencia de sus funciones, como por
ejemplo un documento de reglamentación y manual
de operaciones, que establezca que sus miembros
declaren al comité cualquier conicto de interés o
un motivo que pueda sesgar la evaluación de una
propuesta de investigación11. Es decir, ningún CEI
puede tener un miembro con conictos de interés
que participe en la aprobación inicial o en el proceso
de revisión continua de un protocolo”9-11. A pesar
de estas normas y recomendaciones, un estudio
realizado por la Universidad de Massachusetts en
Boston con miembros de diferentes comités de ética
de investigación, mostró que un 36% de los miembros
de CEIs de instituciones académicas había sostenido
al menos una relación con los investigadores en el año
anterior y, más preocupante, de éstos un 86% señalaba
que nunca habían considerado que esta relación
pudiera interferir con las decisiones que tomaban al
interior del CEI12. Un 6.9% de los miembros de los
CEIs tenían un conicto de interés y participaron
libremente en la discusión general de un protocolo o
nacional. De manera que, la conformación del Comité
Nacional de Ética en Investigación en Honduras,
podría considerarse la forma más adecuada en la que
los CEIs deberían constituirse, ya que este brindaría
los criterios de conformación, un marco de evaluación
ética que supervise la calidad de revisión ética, su
independencia, transparencia e integridad.
La conformación del Comité
Nacional de Ética en
Investigación en Honduras,
podría considerarse la forma
más adecuada en la que los CEIs
deberían constituirse.
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votaron sobre un protocolo de las empresas con las
que tenían relaciones12. En todo caso, pareciera ser
aconsejable no nombrar como integrante de un CEI a
aquellas personas que frecuentemente participan como
investigadores responsables de diversos protocolos o
que tienen relaciones nancieras o contractuales con
patrocinadores de estudios clínicos que son revisados
por el comité9. Por otro lado, los CEI deben poseer
independencia, por lo que se asume que desempeñan
sus funciones libres de intervenciones externas,
para actuar, opinar y deliberar
sin presión, ni subordinación a
otros, implementando los valores
éticos en pro de la protección de
las personas participantes en la
investigación13. Conviene recalcar
que los CEI académicos pueden verse involucrados
en conictos de interés, dado que sus miembros
deben revisar protocolos de colegas y amigos o con
la presión de las instituciones que quieren y necesitan
que las investigaciones se realicen lo más pronto
posible10. Hay que destacar que la autonomía, como
sinónimo de independencia y libertad, aplicada al
funcionamiento de los CEIs, incluye la autogestión
y regirse por normas especícas propias que, para el
caso, son las de la bioética13. Es por tal razón que los
dictámenes de los CEIs son considerados las mejores
decisiones bioéticas, imparciales, guiadas por el
respeto a la vida y la dignidad del ser humano13. También
asumen la responsabilidad de suspender proyectos de
investigación que no deben llevarse a cabo ya que
representan un riesgo exponencial para las personas14.
Otro ejemplo de conictos de intereses, es cuando los
gerentes/administradores de las instituciones en donde
se implementan las investigaciones (directores de los
hospitales y las administraciones de las universidades,
etc.) quieren interferir con las decisiones de los
CEIs, ya que la realización de ciertos protocolos de
investigación les generaría atractivos benecios
de prestigio. En algunos casos
ha ocurrido, que el CEI pone
objeciones a la aprobación de
protocolos y las instituciones
remueven a los miembros de los
CEIs de sus cargos o se les invalida
la decisión del dictamen. Sin embargo, hay que
dejar claro que aparte de ser una falta ética, ninguna
institución debe interferir con la autonomía de los
CEIs y mucho menos anular su dictamen por un interés
secundario. Para fortalecer la independencia de los
CEIs es recomendable que se integren a los comités
dos o más miembros completamente independientes
de las instituciones y que además no tengan relaciones
de parentesco o amistad con personal de la institución
donde este aliado el CEI, otra estrategia podría ser
la incorporación de una lista abierta de mecanismos
de manejo de conictos de interés propuesta por
Lemmens (2008:752):15 “divulgación, declaración
En un CEI el interés primario
es garantizar los derechos,
seguridad y el cuidado de los
sujetos de investigación, cuales
quiera otros intereses son
secundarios
Ningún CEI puede tener
un miembro con conictos
de interés que participe
en la aprobación inicial o
en el proceso de revisión
continua de un protocolo.
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En Honduras los CEIs tienden a funcionar aisladamente,
con muy poca comunicación entre ellos, se desconoce
su estructura, su funcionamiento y sus procesos de
revisión. Implementar un Comité Nacional de ética
de Investigación en el país, contribuirá a mejorar esa
comunicación y al implementarse como una autoridad
jerárquica, podría vigilar y regular los procesos de
conformación del resto de los CEIs para evitar o
mitigar los conictos de interés antes mencionados.
3. Sobre la capacitación y
experiencia de los miembros que
conforman los comités de ética de
investigación.
Los comités de ética de investigación se encargan de
velar que los investigadores tanto clínicos ó sociales
cumplan con las declaraciones, pautas y códigos
éticos que se han establecido internacionalmente, a
lo largo de la historia hasta la actualidad. Pero ¿quién
se encarga de vericar que los miembros que integran
los CEIs estén capacitados para velar por la integridad
y conducta responsable en la investigación cientíca
de los demás?, ¿Quién regula a los que regulan?. Por
tanto, tal como lo mencionan Ugalde y Homedes, “no
es justo culpar a los CEIs si presentan un deciente
desempeño, ya que tienen importantes limitaciones
Para fortalecer la independencia
de los CEIs es recomendable que
se integren a los comités dos o
más miembros completamente
independientes de las instituciones
estructurales, carecen de recursos y no tienen la
capacitación necesaria”4. Algunos países han
establecido requisitos mínimos de conformación o
capacitación para los miembros de CEIs4-14. En algunos
casos, una cierta proporción de miembros de los CEIs,
han completado el curso de los National Institutes
of Health o el CITI program4. Muy pocos incluyen
miembros con amplio conocimiento y experiencia en
ética de investigación4. Los CEIs también deberían
contar con personas capacitadas en diversas disciplinas,
sin ningún tipo de inuencia que pueda convertirse en
un conicto de interés que ponga en duda su integridad,
como por ejemplo poderes políticos, administrativos,
nancieros u otros11. Algunos países tienen manuales
de capacitación, pero se desconoce si se usan y con qué
frecuencia y muy pocos comités tienen recursos para
nanciar la matrícula de algún miembro para realizar
un curso formal de ética de investigación4. En cierto
modo se asume que los miembros que conforman los
CEIs en Honduras, están capacitados como parte de
un proceso de cumplimiento de estándares éticos que
deben reunir para formar parte de un CEIs, pero no
hay una entidad o una estructura organizacional que
verique que los miembros de los CEIs tengan los
conocimientos mínimos requeridos. En este contexto
caben las siguientes interrogantes ¿Los CEIs de
Honduras reciben algún apoyo nacional o institucional
para ser capacitados y conformados?, ¿Será suciente
la autogestión para mantenerse en pie?, ¿Quién debería
brindarles recursos?.
a una autoridad jerárquica, revisión regulatoria,
aumento de la vigilancia, reorganización del entorno
de la investigación y prohibición total”. Este es un
ejemplo de cómo incrementar la vigilancia de comités
locales por parte del comité central regional.
Los CEIs en Honduras están capacitados
pero no hay una entidad o una estructura
organizacional que verique que los
miembros tengan los conocimientos
mínimos requeridos.
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Los CEIs en Honduras funcionan con muy pocos
recursos y con presupuestos mínimos, todos los
miembros trabajan ad honorem y solamente en
algunos hospitales compensan la labor del personal
clínico, con una la disminución de sus horas de trabajo
asistencial. No todos los CEIs tienen una secretaria, un
espacio de archivo o una computadora dedicada a la
evaluación de protocolos4. La mayoría trabaja con lo
que tiene al alcance y sus miembros forman parte del
CEI por vocación. Toda institución formadora y de
atención en salud, que ha implementado un CEI tiene
la responsabilidad de brindar los medios necesarios
para que sus integrantes, puedan llevar a cabo
sus funciones de forma ética y legalmente
responsable. Por esta razón muchas
instituciones no han conformado
un CEI, ya que se requiere un
presupuesto para constituirlo. Es
necesario implementar una estrategia
para gestionar la apropiada capacitación
en bioética y monitorear la conducta de los
miembros que conforman los CEIs y no solo a los
investigadores. Estas funciones podrían ser otorgadas
a un comité nacional de ética de Investigación o
los CEIs regionales tal como se han implementado
en otros países10. El Comité Nacional de Ética de
Investigación también deberá estar conformado
por personas que estén debidamente calicados,
con formación en bioética y ética de investigación
y que puedan replicar sus conocimientos al resto
de CEIs institucionales, principalmente sobre los
aspectos éticos de la investigación en salud humana
y los avances tecnológicos que van surgiendo con el
tiempo, garantizando de esta forma que los CEIs en
sus funciones velaran por el respeto de la autonomía,
la dignidad humana, los Derechos Humanos y
las libertades fundamentales de las personas que
participan en los procesos de investigación que se
están realizando en el país.
4. Legislación nacional de
investigación y ética de
investigación
Partiendo del sumario del Reglamento y entorno para
la investigación clínica en Honduras del 2012, las
regulaciones de investigación en salud humana son
escasas. Se pueden mencionar las siguientes: el Código
de Salud, que contiene cuatro artículos que regulan la
investigación (artículos 175 y 176 del título III inciso
c del artículo 177 y artículo 182 del título
IV), la ley especial sobre VIH / SIDA
(título III, capítulo I, artículo 18; título
IV, capítulo I, artículo 27; título VII,
capítulo I, artículos 81,82, 83 y 84), el
reglamento de la ley especial sobre VIH
/ SIDA (título VII, capítulo I, artículos 65
y 66), Código de Ética del Colegio Médico
de Honduras, especícamente el capítulo V,
artículos 10, 11, 12 y 13, y los reglamentos internos
de los comités de ética institucionales14,16-17. En cierta
medida las regulaciones existentes son inespecícas e
insucientes, y no establecen algún tipo de legislación
para la conformación de los comités de ética de
investigación en Honduras. Es preciso reexionar sobre
¿Cuál sería la forma más apropiada para regularlos?,
¿Podría un comité nacional interdisciplinario de
ética de investigación proponer nuevas legislaciones
nacionales sobre aspectos de investigación y ética de
la investigación?. Denitivamente el Comité Nacional
Los CEIs en Honduras funcionan
con muy pocos recursos y con
presupuestos mínimos, todos los
miembros trabajan ad honorem
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de Ética de Investigación de Honduras podría ser ese
ente que construya y proponga nuevas regulaciones
sobre los aspectos éticos de las investigaciones en
salud humana, que guíe el proceso de revisión ética,
la validez cientíca y social de los ensayos clínicos
de medicamentos, vacunas, etc, sobre todo las que se
están realizando en nuestra población hondureña por
organizaciones nacionales e internacionales el marco
de la pandemia de COVID-19 por ejemplo. También
velaría por los procesos de conformación de los CEIs
del país, para que estén apropiadamente conformados
y capacitados, cuya función sea proteger a las personas
participantes en las investigaciones, principalmente
las que se encuentran en estado de vulnerabilidad,
como ser la pobreza, inequidad y desigualdad social,
limitaciones de acceso a la atención en salud que
propician a la coacción, explotación y otros riesgos.
CONCLUSIONES
1. Se pueden considerar otros modelos para
regular la conformación de los CEIs al igual que la
investigación cientíca en Honduras, ya sea a través
de la creación de una comisión nacional de bioética
o varias comisiones regionales. En este trabajo se
presentó como propuesta, la conformación de un
comité nacional de ética de investigación, pero habrá
que analizar en futuros trabajos si este diseño es el
más apropiado para Honduras; en América Latina,
no todos los países de la región presentan el mismo
grado de avance cientíco, haciendo mención del
caso particular de Honduras donde urgen regulaciones
integrales sobre ética de investigación.
2. Debemos asegurarnos de proteger a toda costa a
los participantes de estudios de investigación en seres
humanos, pero también debemos proteger a nuestros
investigadores y a los miembros de nuestros comités de
ética de investigación de la mala conducta cientíca,
5. Todos los CEIs deben tener una política escrita
que dena su autonomía y cuándo sus miembros pueden
estar involucrados en conictos de intereses 12. Deben
prestar mayor atención a la divulgación y la gestión
de las relaciones entre las instituciones investigadoras
o empresas nanciadoras y sus miembros12. También
deben contar con las garantías administrativas a través
de auditorías internas y mantenimiento de los procesos
de revisión que llevan a cabo9,11,14.
3. Aunque, tal como sostiene Gonorazky, la
adhesión formal a los códigos y declaraciones éticas,
que pretenden regular la actividad de investigación
cientíca no garantiza necesariamente su cumplimiento
18. Incluso cuando los CEIs eviten los conictos de
interés y tengan capacitación ética y cientíca adecuada
para evaluar los protocolos, hay varios aspectos que
permanecerían fuera de su control. Como por ejemplo
no contar con los recursos necesarios para supervisar
la conducta de los investigadores de ensayos clínicos y
otro tipo de protocolos de principio a n3. La solución
a esta problemática se puede lograr con el apoyo de las
autoridades de cada país.
4. Velar por los derechos humanos y seguridad de las
personas que participan en procesos de investigación
es y seguirá siendo la lucha inacabada de los CEIs de
Honduras en particular; las buenas conductas éticas
y de integridad cientícas son esenciales para los
investigadores, patrocinadores y los mismos miembros
de los CEIs.
Financiamiento y reconocimiento
institucional
La Dra. Geovanna Michele Moya Díaz es becaria
Fogarty del Programa de Bioética de FLACSO
brindando y gestionando la adecuada capacitación
formal en bioética y ética de investigación.
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AGRADECIMIENTOS
Estoy muy agradecida con la Dra. Florencia Luna y el
Dr. Ignacio Mastroleo por sus invaluables mentorías.
Con Florencia Santi, Irene Melamed, Ana Lía Gromick,
Sandra Gobet y Sabina Scarponi por su valioso apoyo
y motivación.
2.
Ministerio de Salud (ES). Manual de funcionamiento
del comité nacional de ética de la investigación
en salud. [Internet]. San Salvador: Ministerio de
Salud; 2017. [citado 12 abril 2021]. Disponible
en: http://asp.salud.gob.sv/regulacion/pdf/manual/
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3.
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Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica.
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