TY - JOUR AU - Ramos, Rigoberto Armando PY - 2013/11/21 Y2 - 2024/03/28 TI - La División de Poderes en la Constitución de 1982 JF - La Revista de Derecho JA - Rev. Derecho VL - 30 IS - 0 SE - Sección I: Doctrinaria DO - 10.5377/lrd.v30i0.1231 UR - https://www.lamjol.info/index.php/LRD/article/view/1231 SP - 9-26 AB - <p>La División de Poderes es el principio político según el cual las funciones legislativa, judicial y ejecutiva del Estado deben estar separadas, como poderes independientes, para que pueda establecerse un sistema de controles y equilibrios que limite las facultades del gobierno y proteja los derechos individuales.- Principio establecido en nuestra Constitución de la República el cual no se respeta en su totalidad.</p> <p>DOI: <span style="text-decoration: underline;"><a href="http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v30i0.1231">http://dx.doi.org/10.5377/lrd.v30i0.1231</a> </span></p> <p>Revista de Derecho, Vol. 30, No. 1, año 2009; 9-26</p> ER -